En más de una ocasión me han preguntado cómo es que no he escrito más acerca del tema de las cookies, en especial aportando recomendaciones sobre el cumplimiento legal. Pues bien, es que sencillamente no hay quien entienda bien esta normativa. Tenía la esperanza de que la anunciada modificación de la LSSI retornara a un escenario más lógico y comprensible, pero visto que no, he decidido reunir buena parte de lo mejor que se han escrito sobre el tema y construir este post al estilo de las extintas Noticias LOPD.
Aunque por supuesto todo comienza con un texto legal (Art. 22.2 de la LSSI), lo cierto es que casi nadie hizo caso hasta que Pablo Burgueño anunció la primera Sanción por instalar cookies de Google Analytics y de otros servicios, mas tarde confirmada en el Procedimiento Nº PS/00321/2013 y que generó una avalancha de opiniones:
Algún otro post en en este blog:
Aunque por supuesto todo comienza con un texto legal (Art. 22.2 de la LSSI), lo cierto es que casi nadie hizo caso hasta que Pablo Burgueño anunció la primera Sanción por instalar cookies de Google Analytics y de otros servicios, mas tarde confirmada en el Procedimiento Nº PS/00321/2013 y que generó una avalancha de opiniones:
- Primeras multas por vulnerar la Ley de Cookies. Explicamos el caso
- Primera sanción por no informar correctamente sobre el uso de las cookies
- Primera sanción de la AEPD por cookies
- Primera sanción por instalación de cookies: 3500 Euros
- Sanción de 3500 euros por instalar cookies de navegación sin informar correctamente
A partir de ahí hubo quien se atrevió a ofrecer posibles soluciones al cumplimiento:
- Cómo cumplir la Ley de Cookies
- Guía sobre el uso de cookies
- La capa de Triky es larga
- Enésima Guía de Cookies
- Cómo cumplir la ley de Cookies
- Cómo saber qué cookies instala mi web o blog
Y eso a pesar de los evidentes problemas jurídicos y técnicos de que adolecía el texto legal:
Problemas que quedaban bien expuestos en Cómo hacer una auditoría de cookies (Paradoja Epicel) de donde cito: "solo es posible llevar a cabo una auditoría de cookies completa cuando realizas el análisis de todas las cookies de la web, lo cual es imposible. Una web está compuesta por el contenido propio y por todo el ajeno enlazado o integrado: el contenido propio puede estar compuesto de plugins, widgets, iframes, invocadores… y puede estar creado sobre un CMS de actualización automática; y el externo está absolutamente fuera de nuestro control. La instalación de cookies es constante, cambiante y descontrolada."
Problemas tan evidente que incluso afectaban a las más grandes empresas: Estas son las empresas del Ibex 35 que violan la ley de 'cookies', sin que la presentación en PDF dentro de la ‘6ª Sesión Anual Abierta de la AEPD’
La aplicación de la normativa de cookies consiguiera aclarar el panorama (y menos mal que recientemente la AEPD ya ha reconocido que No es legal exigir separar el aviso de Cookies y el de Privacidad y que en los casos de plataformas de terceros existe también una responsabilidad por parte de sus gestores: Blogger y las cookies).
Algún otro post en en este blog:
Y termino con otra cita de Pablo:
Y todo ello con mi mayor respeto y afecto al legislador, al que saludo en su propia lengua: Gâkh Golug narku gimbubut lat!
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