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Un blog para cada ciudadano... y sus derechos también

"Un blog para cada ciudadano" es una iniciativa que nació dentro de Europa Press Net y definida así en su web:
Europa Press Net, en colaboración con diversas Administraciones Públicas, ha puesto en marcha la campaña ‘un blog para cada ciudadano’ que permite a vecinos y asociaciones crear su propio diario personal en Internet (blog) en un contexto local, mediante la plataforma de Cuadernos Ciudadanos.
Uno de los principales objetivos de esta iniciativa es promover el uso de las nuevas tecnologías entre los ciudadanos, favoreciendo al tiempo la libertad de expresión y el fomento de la participación ciudadana en el ámbito local.
Cuadernos Ciudadanos es un espacio blog municipal en el que tienen cabida, por un lado, los distintos blogs ya existentes de interés para la comunidad local y, por otro lado, todos aquellos nuevos blogs de los ciudadanos, colectivos y personalidades destacadas de cada ciudad.
En su primer aniversario se destacó que:
La campaña ‘un blog para cada ciudadano’, promovida en toda España por Europa Press.net para favorecer la creación de contenidos digitales de naturaleza local y crear nuevos cauces de participación ciudadana en el ámbito municipal ha cumplido su primer año de actividad, con un balance de 3.077 nuevos ‘blogs ciudadanos’, tras su presentación en 103 municipios de toda España.
Pero a uno de esos ciudadanos le parecio que aquel sistema no cumplía con la reglamentación de protección de datos y denunció ante la Agencia Española de Protección de Datos:
que el Ayuntamiento (...........), de donde es vecina, ha inaugurado el servicio CUADERNOS CIUDADANO mediante el cual el ciudadano puede acceder a la creación de un BLOG donde expresar opiniones.
No obstante, en la citada página no se informa previamente a los usuarios sobre la existencia de una base de datos, la finalidad de la misma, la información que se recoge, su titular y las condiciones del acceso, rectificación, cancelación y oposición.
La AEPD incia el procedimiento sancionador PS/00142/2008 y tras la oportuna inspección en las oficinas de la entidad EUROPA PRESS se puso de manifiesto que:

  • EUROPA PRESS suscribió un convenio, que se aporta al presente procedimiento sancionador con el AYUNTAMIENTO DE (...........), relativo al mantenimiento del sitio web www....X.A........ La Estipulación Cuarta del mencionado convenio establece los compromisos adquiridos por EUROPA PRESS, entre ellos el de “mantener en óptimas condiciones de funcionamiento el sitio web y las bases de datos asociadas a dicho municipio respetando en todo momento la legislación vigente en materia de datos personales, especialmente la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 de 13 de diciembre”.
  • Para la creación de un cuaderno personal en cada uno de los contextos territoriales que se ofrecen a través de la plataforma web www......XA...... el usuario debe facilitar sus datos personales: generalmente sólo nombre y apellidos, e-mail, código postal, año de nacimiento y sexo, aunque en algunos casos, cuando el organismo local competente así lo requiere, también se solicita el número de identificación (D.N.I. o N.I.E.).
  • Respecto de los usuarios que publican sus comentarios en los blogs, EUROPA PRESS no recaba datos personales identificativos, tan sólo el pseudónimo que selecciona el propio usuario, aunque en los ficheros del blog se guarda constancia de la dirección IP asociada al ordenador desde el que se publica el comentario.
  • Se constata que la información prevista en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 se facilita a los usuarios a través de la página “Política de privacidad”, accesible desde el sitio web www.....XA..... y en todo caso desde las páginas desde las que se crea el cuaderno, en el momento del alta. En este documento se informa de que “Los Datos Personales recogidos serán objeto de tratamiento automatizado, siendo ....B..... responsable de los mismos. En ningún caso se utilizarán dichos datos con fines comerciales y el usuario podrá solicitar en cualquier momento la rectificación o eliminación de dichos datos del sistema requiriéndolo a la dirección....B.@........ [...] De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos así como en materia de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, el usuario acepta que los datos personales aportados a ....B..... y al Ayuntamiento de referencia durante su registro en ‘Cuadernos Ciudadanos’ para su acceso a algunos de los servicios de la plataforma, sean cotejados en su caso con otros ficheros, titularidad de los respectivos ayuntamientos, con la finalidad de facilitar la prestación de los servicios solicitados para la correcta identificación de los usuarios que los solicitan servicios de ‘Cuadernos Ciudadanos’. Así mismo, ‘Cuadernos Ciudadanos’ y ....B..... quedan sujetos a todos los términos que establece dicha normativa para sus respectivas funciones”.
  • Los datos de carácter personal recabados por EUROPA PRESS de los autores de los cuadernos tan sólo se almacenan en los ficheros de EUROPA PRESS y no son utilizados para otras finalidades distintas a la propia gestión de los blog.
  • Independientemente de la información que se facilita a través de la página “Política de Privacidad”, los respectivos organismos públicos locales no tienen acceso en ningún caso a los datos de los usuarios autores de un cuaderno, ni tampoco a los datos de los usuarios que publican sus comentarios en los blog.
  • Por otra parte, los datos de los usuarios no son, en ningún caso, cotejados con otros ficheros.
  • Asimismo se ha comprobado que EUROPA PRESS no ha notificado a tiempo de levantarse el Acta de Inspección la creación de los ficheros con los referidos datos personales al Registro General de Protección de Datos (Folio 19), al constar inscrito con el CIF correspondiente a EUROPA PRESS únicamente un fichero denominado NOMINAS, incurriendo consecuentemente en la conducta típica descrita en el referido artículo 26 de la LOPD ya que deben notificarse a la Agencia Española de Protección de Datos, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, los ficheros que contengan datos de carácter personal.
Con estos hechos probados el Director de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE:
PRIMERO: IMPONER a la entidad EUROPA PRESS COMUNICACIÓN, S.A por una infracción del artículo 26 de la LOPD, tipificada como leve en el artículo 44.2.c) de dicha norma, una multa de 6.000 € (seis mil euros) de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la citada Ley Orgánica.


Actualmente "Un blog para cada ciudadano" ha salido de la órbita de Europa Press Net y pertenece a la empresa Agora News del emprendedor Jaime Estévez, al que hace unas semanas estuve escuchando presentar su proyecto en el evento Inciador, y al que desde aquí deseamos el mayor de los éxitos en su nueva andadura profesional.

Comentarios

  1. "los respectivos organismos públicos locales no tienen acceso en ningún caso a los datos de los usuarios autores de un cuaderno, ni tampoco a los datos de los usuarios que publican sus comentarios en los blog."

    Es decir, que esta operación era también una forma de recopilar datos y quedárselos en exclusiva. ¿Y los Ayuntamientos se dejaron hacer esto? Vaya descontrol.... ¿no se leyeron el convenio antes de firmarlo?

    ResponderEliminar
  2. ¿Perdón, perdón, este nuevo artículo no debería de pertenecer al Blog de Ley de Protección de Datos?
    ¿MK+ puede ser que quieras que comentemos otras conclusiones de esta noticia?
    ¿Por qué entonces publicas en este, esta resolución de la AGPD?
    Gracias.

    ResponderEliminar
  3. Julio: esta sanción se comenta aquí porque corresponde a una gran empresa: Europa Press. En el blog LOPD sólo comento las sanciones a microempresas.

    ResponderEliminar

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